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Comunidade de Bienes (C.B.) |
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¿Qué es? Un contrato por el cual la propiedad de una cosa o de un derecho pertenece pro indiviso a varias personas. Por ejemplo, puede ser objeto de una comunidad de bienes la puesta en común de un patrimonio para crear una empresa y repartir las pérdidas y ganancias.
¿Socios? Mínimo dos.
¿Capital social? No se exige una aportación mínima.
¿Responsabilidad? Frente a terceros, responderá la Comunidad con todos sus bienes y, si no son suficientes, los comuneros con su patrimonio personal, conforme a lo pactado.
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