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¿Qué es? Una entidad con personalidad jurídica propia, de naturaleza mercantil, cuyo capital social está integrado por las aportaciones de los socios divididas en participaciones iguales. No hay límite de socios y pueden serlo personas físicas o jurídicas.
¿Capital social? El capital social mínimo exigido es de 3.005,06 euros, desembolsado totalmente en el momento de la constitución. Las aportaciones al capital pueden ser no dinerarias y se dividen entre los socios en participaciones iguales.
¿Responsabilidad? Limitada al capital aportado a la sociedad; la sociedad responde con todo su patrimonio y el socio arriesga únicamente el importe de su aportación.
¿Ventajas? Capital mínimo reducido, funcionamiento democrático de los órganos de gobierno (los acuerdos se toman por mayoría), exención de responsabilidad personal en las deudas sociales y posibilidad de constitución con un único socio como Sociedad Limitada Unipersonal. Es la forma jurídica societaria más elegida.
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