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Plan de prevención de riesgos laborales |
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Las empresas con trabajadores por cuenta ajena están obligadas a suscribir un Plan de Prevención de Riesgos Laborales, que incluya la evaluación de riesgos y la planificación de la acción preventiva.
El empresario puede elegir entre asumir él mismo la gestión de la prevención, designar a uno o varios trabajadores para que lo hagan, crear un servicio de prevención propio o contratar uno externo.
En cuanto a los trabajadores, debe comprometerse a formarlos sobre los riesgos y las medidas aplicadas para prevenirlos, tanto en el momento de la contratación como cuando se produzca algún cambio en el puesto de trabajo. Asimismo, ha de vigilar su salud periódicamente y permitir su participación en el marco de todas las cuestiones que afecten a la seguridad y a la salud en el trabajo.
Las empresas deben conservar toda la documentación relacionada con el Plan de Prevención. Además, en caso de que disponga de un servicio de prevención propio, deberá concertar una auditoría externa de su sistema de gestión de la prevención.
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