Inicio
Quiénes somos
Premios
Vivero de empresas
Emprendedores
I+D+i
Nuevas tecnologías
Formación
Publicaciones
Sala de prensa
Contactar
.
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement

 
Inicio
Alta en autonomos PDF Imprimir E-Mail

          El trámite del alta en el Régimen de trabajadores autónomos es obligatorio para todos los profesionales por cuenta propia y para la gran mayoría de los socios trabajadores de sociedades civiles y mercantiles.

El trabajador autónomo está obligado a cotizar desde el primer día del mes en que inicia su actividad y esta obligación subsiste mientras desarrolle su actividad. Las cantidades a ingresar a la Seguridad Social, llamadas cuotas, se calculan aplicando un porcentaje sobre una base de cotización. Esta base será elegida por el trabajador y siempre estará situada entre un mínimo y un máximo fijado  anualmente por la administración.

Los documentos a presentar para solicitar el alta, en la Tesorería General de la Seguridad Social, y en el plazo de 30 días naturales siguientes al inicio de la actividad son: documento de afiliación, parte de alta de asistencia sanitaria, parte de alta de cotización, fotocopia del alta en el IAE, fotocopia del DNI si es empresario individual y contrato o escritura y CIF si se trata de una sociedad.

 
© 2012 Fundación CEL - Iniciativas por Lugo CIF - G27213206
Joomla! es Software Libre distribuido bajo licencia GNU/GPL.